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#030 Existe relación entre Cedula de Habitabilidad o Certificado de 2ª Ocupación y Certificado de Eficiencia Energetica ?

La Declaración Responsable o Licencia de Segunda Ocupación (Antigua Cedula de Habitabilidad) se expide por los ayuntamientos en base al Certificado Técnico de arquitecto acerca de cumplimiento de Normativa de Habitabilidad y Diseño, donde se justifica que la vivienda cumple con dichas normativas técnicas. El Certificado de Ocupación se puede otorgar, o no, por el arquitecto, dependiente si la vivienda o local se ajusta a las condiciones del uso al que se destina.
En cambio, el Certificado Energético, se otorgara siempre, ya que por hoy es de carácter informativo. Es un documento donde se asigna una calificación que puede ser baja o alta.

 

Estos dos documentos hasta la fecha no tienen relación directa. Algunos ayuntamientos exigen ambos certificados para la Renovación de la Licencia o Declaración de Segunda Ocupación (Cedula de Habitabilidad). No existe una relación directa pero sí una relación conceptual. Se especula que en un futuro los dos certificados perfectamente podrian ser un único documento.


El Certificado de 2ª Ocupación trata respaldar las condiciones minimas de habitabilidad, salubridad y unos mínimos parámetros constructivos y de diseño. El Certificado Energético califica el consumo energético de la vivienda en función de todos estos paramentos.
Las viviendas o inmuebles con calificación baja , como G, son viviendas con fallos constructivos y faltas de diseño, por ejemplo: mala orientación, carpinterías de baja calidad, suelos de materiales inadecuados, fachadas y cubiertas sin suficiente aislamiento, instalaciones obsoletas …etc.. Son inmuebles que necesitan un gasto energético muy alto para mantener una mínima temperatura para poder habitar en su interior.  Además tienen una alta tasa de emisión de CO2. Hoy por hoy la habitabilidad de estas viviendas depende al 100% de la factura de energias "no renovables" y, a pesar de esto, en actualidad se consideran “habitables” si cumplen los parámetros mínimos de la normativa vigente.

 
En un futuro y vistas nuevas normativas de diseño y construcción, que amparan sostenibilidad y ecoeficiencia, una baja calificación energética puede ser un motivo para que una vivienda sea declarada “no habitable” y no se le otorgue la licencia de Ocupación. Por esta razón las nuevas leyes prevén una paulatina rehabilitación energética del parque inmobiliario, siempre protegiendo los intereses del ciudadano.  

 

 

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© 2008-2014 Julia Makaritch www.arquitectura8.com

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